El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en Asturias tiene algunas peculiaridades respecto a otras Comunidades Autónomas. A continuación te contamos en qué consiste este gravamen, quién tiene que afrontarlo y, lo más importante, cuánto hay que pagar según el bien transmitido.
El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales es un tributo que grava la transmisión de bienes (y derechos) de cualquier naturaleza. Estos bienes han de ser onerosos, es decir, deben suponer un coste o carga, y estar situados en territorio nacional. También afecta a los bienes situados en el extranjeros, siempre y cuando la persona obligada al pago de impuesto sea residente en España.
Este impuesto no es igual en todas las CC.AA. Cada región impone unas tasas que pueden no coincidir con otras zonas geográficas. En este caso, vamos a ver cuánto hay que pagar por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales en Asturias.
En Asturias, se debe hacer frente a este impuesto en los siguientes supuestos:
Cesión de bienes o derechos entre “inter vivos”, siempre y cuando formen parte del patrimonio de una de las partes. Constitución o ampliación de préstamos, fianzas, alquileres, pensiones u otras concesiones administrativas.
Saldo de deudas en base a adjudicaciones en pago o adjudicaciones expresas. También en caso de que se haya declarado un exceso de adjudicaciones. Transmisión de actas notariales, expedientes de dominio y otros documentos públicos relativos a la Ley Hipotecaria. Reconocimiento de dominios en favor de una determinada persona.
Por otra parte, NO deben tributar por el ITP aquellas operaciones llevadas a cabo por empresas o profesionales por el mero desempeño de su actividad, así como la prestación de bienes y servicios sometidos al IVA.
¿Quién está obligado a pagar este impuesto?
A la hora de realizar la transmisión de un bien o derecho patrimonial, ¿Quién está obligado a pagar?
- La persona que adquiera mediante transmisión bienes o derechos de cualquier clase.
- Aquel que haya promovido la realización de actas notariales, expedientes de dominio y otros documentos públicos contemplados en la Ley Hipotecaria.
- La persona en favor de la cual se haya reconocido un determinado dominio.
- Los beneficiarios de préstamos
- Aquellas personas en favor de las cuáles se constituyan o amplíen derechos reales.
- En caso de fianzas, los acreedores afianzados.
- Quién toma una propiedad en modalidad de arrendamiento.
- Pensionistas beneficiarios de la consiguiente pensión.
- Beneficiarios de actos o contratos administrativos que impliquen algún tipo de concesión.
Cómo calcular el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en Asturias
El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en el Principado de Asturias se calcula igual que en el resto de Comunidades Autónomas. Lo que sí puede variar es el importante, en función de dos conceptos: la base imponible y el tipo impositivo.
Base imponible.
Es el valor real del bien que se pretende transmitir. La administración puede decidir comprobar la validez del valor declarado y, si procede, establecer uno distinto. Solo se pueden deducir las cargas que afecten de forma negativa al valor del bien o derecho transmitido.
Hay algunos casos en los que no se establece como base imponible el total del bien. Algunos de los bienes o derechos sujetos a reglas especiales son los usufructos temporales y vitalicios, préstamos, pensiones, hipotecas, arrendamiento o cuentas de crédito.
Para saber qué base imponible se aplica en estos supuesto especiales, te recomendamos visitar el enlace de la Agencia Tributaria en Asturias.
Cuota tributaria del ITP
A la base imponible se le aplica un determinado tipo impositivo, el cual depende del bien o derecho transmitido. Al resultado de esta operación se le denomina cuota tributaria, y será el importante que habrá que pagar por la transmisión de dichos bienes o derechos.
La pregunta es, ¿Cuál es la base imponible, el tipo impositivo y la cuota tributaria en cada caso?
Transmisiones de inmuebles en Asturias entre 0 y 300.000 euros: Tipo impositivo del 8% Entre 300.000,01 y 500.000 euros: 9% A partir de 500.000,01 euros: 10%
¿Cuándo se paga el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales?
El pago del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales se debe realizar en un plazo máximo de 30 días naturales desde que el contrato de transmisión del bien o derecho se hizo efectivo.
El ingreso se puede hacer a través de internet, en la página web oficial de la Agencia Tributaria en al Principado de Asturias, mediante certificado digital. También acudiendo a las entidades bancarias colaboradoras: BBVA, Banco Santander, Liberbank, Caja Rural de Asturias, Caixabank y Banco Sabadell.
Modelos para pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en Asturias
El documento a cubrir para indicar la transmisión de derechos y pagar este impuesto es el Modelo 600.