Exención de plusvalía: ¿Quiénes están exentos de pagar?

Exención de plusvalía: ¿Quiénes están exentos de pagar?

Jose
Jose Echevarría
22 de marzo de 2026 · Legislación

A la hora de vender una propiedad, uno de los impuestos que se debe abonar es la plusvalía municipal. Este impuesto se calcula en función del incremento de valor que ha experimentado la propiedad desde su adquisición hasta la venta. Sin embargo, existen ciertas situaciones en las que la exención de plusvalía es posible, lo que significa que no se debe abonar este impuesto. En este artículo, analizaremos quiénes están exentos de pagar la plusvalía municipal y en qué situaciones es posible hacer uso de esta exención.

¿Cómo evitar el pago de la plusvalía municipal?

La plusvalía municipal es un impuesto que se cobra al vender una propiedad y que se calcula en función del incremento del valor del suelo desde la última transmisión. Sin embargo, en ocasiones, este incremento no existe o es mínimo y, por tanto, puede ser posible evitar el pago de este impuesto.

Una de las formas de evitar el pago de la plusvalía municipal es demostrando que no ha habido un incremento en el valor del suelo desde la última transmisión de la propiedad. Para ello, se puede recurrir a una tasación independiente del inmueble que determine el valor actual del suelo.

Otra forma de evitar el pago de este impuesto es demostrando que se ha vendido la propiedad por un precio inferior al que se compró. En este caso, el incremento del valor del suelo sería negativo y no habría obligación de pagar la plusvalía municipal.

¿Cuándo estás exento de pagar plusvalía?

La plusvalía es un impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana. Sin embargo, existen ciertas situaciones en las que se puede estar exento de pagar este impuesto.

  • Si la venta del terreno o propiedad se ha realizado con pérdidas económicas, es decir, si el valor de venta es menor al valor de adquisición, no habrá plusvalía a pagar.
  • Si la venta se produce entre familiares directos (cónyuges, padres e hijos), tampoco se deberá pagar plusvalía.
  • En caso de herencias o donaciones, no se aplica plusvalía, ya que se considera una transmisión gratuita.
  • Si el terreno o propiedad no ha aumentado su valor desde la última transmisión, tampoco se deberá pagar plusvalía.

¿Qué personas están exentas de pagar plusvalía?

La plusvalía es un impuesto que se aplica a la ganancia generada por la venta de un bien inmueble. Sin embargo, existen ciertas situaciones en las que las personas están exentas de pagar este impuesto.

  • Herencias: Las personas que reciben un bien inmueble como herencia no tienen que pagar plusvalía.
  • Donaciones: Lo mismo ocurre con las donaciones de bienes inmuebles.
  • Expropiaciones: Si el bien inmueble es expropiado por el Estado, el propietario no tiene que pagar plusvalía.
  • Transmisiones entre cónyuges: Si el bien inmueble se transmite entre cónyuges, no se aplica la plusvalía.
  • Venta con pérdidas: En el caso de que la venta del bien inmueble se produzca con pérdidas, no se aplicará la plusvalía.

Exención plusvalía mayores 65 años

La exención de la plusvalía para mayores de 65 años es una medida tributaria que permite a los jubilados vender su vivienda sin tener que pagar impuestos por la ganancia obtenida. Esta exención se aplica únicamente cuando la venta se realiza para financiar la compra de otra propiedad que será utilizada como vivienda habitual.

Para poder acogerse a la exención, el vendedor debe ser mayor de 65 años y haber residido en la vivienda que se vende durante al menos tres años antes de la venta. Además, la cantidad obtenida por la venta de la vivienda debe ser invertida en la compra de otra propiedad en un plazo máximo de dos años desde la venta.

Se paga plusvalía mayores 65 años

La plusvalía es un impuesto que se aplica a la venta de una propiedad y que se calcula sobre la diferencia entre el valor de compra y el valor de venta. En España, este impuesto lo recaudan los ayuntamientos y su importe varía según la localidad y el tiempo que se haya tenido la propiedad.

En el caso de los mayores de 65 años, existe una exención en el pago de la plusvalía si se cumplen ciertos requisitos. Uno de ellos es que la vivienda que se vende haya sido la residencia habitual del vendedor durante al menos tres años. Además, el importe de la venta no puede superar los 240.000 euros y el vendedor debe destinar el dinero obtenido a la compra de otra vivienda habitual o a la constitución de una renta vitalicia.

En resumen, la exención de plusvalía es un beneficio fiscal que puede aplicar a ciertos casos. Si estás en una situación que pueda aplicar para esta exención, es importante que consultes con un experto en la materia para que te asesore y puedas aprovechar al máximo este beneficio.

Categoría: Legislación 35 visualizaciones Publicado: 22 de marzo de 2026

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